El Decreto 1024/2024, publicado en el Boletín Oficial, estableció nuevos lineamientos para la compra y exhibición de medicamentos de venta libre. Según lo dispuesto, “los medicamentos de venta libre podrán ser exhibidos en las góndolas de establecimientos habilitados como farmacias, de modo tal que conserven inalteradas sus propiedades fisicoquímicas y el público general pueda acceder directamente a ellos sin necesidad de intermediarios”.
Según lo estipulado, “los medicamentos de venta libre deberán ser ofrecidos en caja cerrada, con su respectivo prospecto y exclusivamente a personas mayores de 18 años”.
También postula que el expendio de medicamentos de venta libre, “cuando fuera en góndolas, deberá sujetarse a las siguientes condiciones: las góndolas deben ser correctamente señalizadas. Los medicamentos deben ser ofrecidos en caja cerrada, con su respectivo prospecto y exclusivamente a personas mayores de 18 años.
Además, establece que “la edad del adquiriente será constatada con el Documento Nacional de Identidad al momento de efectuar el pago”.
Los establecimientos “que no estén habilitados como farmacias, la comercialización de medicamentos de condición de expendio de venta libre estará limitada a los antiácidos y los analgésicos”.